¿Cuál de las siguientes es una condición necesaria para la aplicación de un programa de manejo de contingencias mediante incentivos para el tratamiento de la adicción a drogas?:
Monitorizar frecuentemente la conducta objetivo, normalmente el uso de la droga principal.
Evaluar el patrón de consumo de todas las drogas, además de la sustancia principal.
Descartar la existencia de otros trastornos asociados, además de la adicción a drogas.
Implicar a terceras personas, preferentemente familiares, para manejar los incentivos.
Respuesta del ministerio: 1
la discusión de la pregunta en el siguiente hilo https://www.foropir.es/foropir/viewtopi ... os#p540242
Solicito la anulación de esta pregunta debido a que la opción considerada correcta (opción 1) es falsa. Según el manual de tratamientos psicológicos de Eduardo Fonseca entre las condiciones de aplicación del manejo de contingencias estaría “Seleccionar y monitorizar frecuentemente mediante pruebas bioquímicas la conducta objetivo (normalmente, la abstinencia)”. Por tanto, la conducta objetivo sería normalmente la abstinencia y no el uso de la de la droga principal (siendo incorrecta la opción número 1).
Título: Manual de Tratamientos Psicológicos
Autor: Eduardo Fonseca
Editorial: Pirámide
Año: 2021
Página: 509
PD: la referencia es de un compi, la pongo por aquí para que pueda acceder más gente
V0 205 contingencias mediante incentivos para adicciones
Moderadores: Solebo, Dieguito, beapsi, Xensuix, Here93
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