Exención de tasas de examen
Yo no lo entiendo así, en el BOE pone claramente:
En cuanto a la acreditación
de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa
escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud
Yo ya la pedí en el INEM, y me pone la fecha desde que estoy dado de alta como demandante de empleo, y que no he rechazado ofertas o acciones de orientación, inserción y formación.
En cuanto a la acreditación
de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa
escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud
Yo ya la pedí en el INEM, y me pone la fecha desde que estoy dado de alta como demandante de empleo, y que no he rechazado ofertas o acciones de orientación, inserción y formación.
- Asakamaya
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Esto es toda una labor de interpretación, lo del BOE ://13
Yo creo que en el certificado del INEM sí debe constar si cobras algo o no cobras nada, y en caso positivo, a cuánto asciende. Me fijo en este parrafillo (los números son míos para verlo más claro):
Serán requisitos para el disfrute de la exención, que el demandante de empleo, (1) en el plazo anteriormente citado, (2) no hubiera rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiera negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y (3) que, asimismo, carezca de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en los términos expuestos (y el tema del salario es uno de los 3 términos mencionados), se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público Estatal de Empleo
Yo creo que en el certificado del INEM sí debe constar si cobras algo o no cobras nada, y en caso positivo, a cuánto asciende. Me fijo en este parrafillo (los números son míos para verlo más claro):
Serán requisitos para el disfrute de la exención, que el demandante de empleo, (1) en el plazo anteriormente citado, (2) no hubiera rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiera negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y (3) que, asimismo, carezca de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en los términos expuestos (y el tema del salario es uno de los 3 términos mencionados), se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público Estatal de Empleo
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Jperera, no sé si has visto que he editado mi mensaje para ponerle colores y que se vea un poco más claro como veo yo organizado el párrafo (es que a lo mejor escribíamos a la vez).
Desde luego que yo no puedo asegurar nada al 100%, sólo digo lo que yo creo entender... Pero lo de las rentas, es lo que te decía antes. Una cosa es lo que el INEM certifique que te paga a ti, y otra cosa son tus rentas verdaderas
, porque quizá haya situaciones en que se cobren ayudas o pequeños ingresos por otras vías.
De ahí la expresión de "en cuanto a las rentas", y el motivo por el que piden una declaración jurada.
Pero insisto, es como lo veo yo, no una verdad indiscutible
Desde luego que yo no puedo asegurar nada al 100%, sólo digo lo que yo creo entender... Pero lo de las rentas, es lo que te decía antes. Una cosa es lo que el INEM certifique que te paga a ti, y otra cosa son tus rentas verdaderas
De ahí la expresión de "en cuanto a las rentas", y el motivo por el que piden una declaración jurada.
Pero insisto, es como lo veo yo, no una verdad indiscutible
Última edición por Asakamaya el Vie Sep 21, 2007 5:21 pm, editado 1 vez en total.
- angy
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yo no me complico, voy a pagar y punto, además este mes he rechazado un curro y un curso.
El año pasado después de llevar todo el papeleo, me mandaron que no estaba en la lista de admitidos por no haber pagado y me pusieron que me examinaba en barcelona. Así que otra vez xa allá, y me dijeron que fuese otra vez al paro porque debían haber perdido el papel; vamos que al final pasé de perder más tiempo y pagué. Así que este año pago directamente, y a ver si no se lían y me ponen las cosas bien.
El año pasado después de llevar todo el papeleo, me mandaron que no estaba en la lista de admitidos por no haber pagado y me pusieron que me examinaba en barcelona. Así que otra vez xa allá, y me dijeron que fuese otra vez al paro porque debían haber perdido el papel; vamos que al final pasé de perder más tiempo y pagué. Así que este año pago directamente, y a ver si no se lían y me ponen las cosas bien.
Hola de nuevo. En el BOE no nombra para nada al principio, la oficina del INEM, sólo pone los requisitos para no pagar tasas, uno de los requisitos sí que es no percibir rentas, pero estas serán acreditadas con la declaración jurada. Es que yo lo veo claro.
De todas formas os dejo un link del año pasado.
http://www.foropir.es/viewtopic.php?t=2 ... cion+tasas
De todas formas os dejo un link del año pasado.
http://www.foropir.es/viewtopic.php?t=2 ... cion+tasas
- encarni7
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pues yo el año pasado, fui al inem, me dieron el certificado, e hice la declaracion jurada, y sin problemas
asi que no se, ademas como a mi los den inem no me llaman ni para insultarme, como voy a rechazar nada 
[url=http://imageshack.us][img]http://img183.imageshack.us/img183/8917/avatarti8.jpg[/img][/url]
Hola Encarni, ¿y qué ponía en tu certificado?. ¿También lo de las rentas?encarni7 escribió:pues yo el año pasado, fui al inem, me dieron el certificado, e hice la declaracion jurada, y sin problemasasi que no se, ademas como a mi los den inem no me llaman ni para insultarme, como voy a rechazar nada
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claro, ponia que no recibia rentas de ningun tipo, asi que si tu recibes algunas pues te pondra las que recibas, y no puede pasar del salario minimo interprofesional, y justo eso es lo que hay que poner en la declaracion jurada
[url=http://imageshack.us][img]http://img183.imageshack.us/img183/8917/avatarti8.jpg[/img][/url]
- angy
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Pues que suerte tienes porque a mí siempre me llaman xa chorradas que me hacen perder la mañana; lo último un curro en el q cobraba 365 brutos; vamos que no me iba a sacar de pobre. Y cursos que nunca me interesan. Bueno, a lo mejor después del examen sí que me mola que me llamen, pero ahora sólo me molestanencarni7 escribió: ademas como a mi los den inem no me llaman ni para insultarme, como voy a rechazar nada
- Asakamaya
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Pero jperera, ese link son opiniones nuestras y nada más, exactamente como lo mío hoyjperera3 escribió:Hola de nuevo. En el BOE no nombra para nada al principio, la oficina del INEM, sólo pone los requisitos para no pagar tasas, uno de los requisitos sí que es no percibir rentas, pero estas serán acreditadas con la declaración jurada. Es que yo lo veo claro.
De todas formas os dejo un link del año pasado.
http://www.foropir.es/viewtopic.php?t=2 ... cion+tasas
Que en el BOE no nombran al INEM para nada es verdad, pero sí nombran a la "oficina del Servicio Público Estatal de Empleo" que es la oficina a la que yo llamo INEM, muy mal llamada por mi parte, cierto
Yo p. ej. veo clarísimo que en el BOE pone que el certificado expedido por el Servicio de Empleo debe constar de los términos que expone justo unas líneas antes, y en esas líneas está lo de no superar el salario mínimo interprofesional incluido como uno de los términos necesarios.
Pero en fin, supongo que esto es un contraste de opiniones...
Asakamaya, no me entendiste, esto es lo que tiene internet. Para mí el INEM también es el Servicio Público Estatal de Empleo. Yo lo que te quería decir, es que al leer el BOE no nombra el INEM (el Servicio Público Estatal de Empleo), sino hasta cuando te dice que la certificación relativa a demandante de empleo debe pedirse ahí, y la declaración de las rentas (también requisito para no pagar tasas), la hace el solicitante.
De todas formas, aunque lo vea claro al leer el BOE, ya estoy confundido.
¿Hay algún teléfono donde se pueda llamar para preguntar?

De todas formas, aunque lo vea claro al leer el BOE, ya estoy confundido.
¿Hay algún teléfono donde se pueda llamar para preguntar?
Asakamaya escribió:Pero jperera, ese link son opiniones nuestras y nada más, exactamente como lo mío hoyjperera3 escribió:Hola de nuevo. En el BOE no nombra para nada al principio, la oficina del INEM, sólo pone los requisitos para no pagar tasas, uno de los requisitos sí que es no percibir rentas, pero estas serán acreditadas con la declaración jurada. Es que yo lo veo claro.
De todas formas os dejo un link del año pasado.
http://www.foropir.es/viewtopic.php?t=2 ... cion+tasasLo que quiero decir es que lo importante es lo que ponga en el BOE, no lo que dijo Noe el año pasado o lo que yo diga ahora.
Que en el BOE no nombran al INEM para nada es verdad, pero sí nombran a la "oficina del Servicio Público Estatal de Empleo" que es la oficina a la que yo llamo INEM, muy mal llamada por mi parte, cierto
Yo p. ej. veo clarísimo que en el BOE pone que el certificado expedido por el Servicio de Empleo debe constar de los términos que expone justo unas líneas antes, y en esas líneas está lo de no superar el salario mínimo interprofesional incluido como uno de los términos necesarios.
Pero en fin, supongo que esto es un contraste de opiniones...
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Vale! Ahora sí te he entendido, jejeje.
A ver, es que yo creo que en el BOE hacen como un flashback ://13 para referirse a algo anteriormente expuesto cuando por fin hablan del INEM. O sea, yo veo este orden:
1º) Exponen los requisitos necesarios donde se incluye lo de las rentas, pero sin nombrar para nada al INEM, como tú dices.
2º) Dicen que vayas al INEM a pedir el certificado que incluya lo expuesto anteriormente (o sea, lo del punto 1º, por tanto con el tema de las rentas incluido)
3º) Hacen mención especial a las rentas una vez más para añadir una declaración jurada.
Al final me vas a odiar por liarte
Yo es que creo que me acercaría otra vez al INEM para que te hagan de nuevo el certificado bien completo, para curarte en salud, sobretodo cuando es tan sencillo como que te incluyan una frase donde ponga que no cobras ninguna prestación. Todavía quedan muchos días! Pero si ni siquiera ha empezado aún el plazo para entregar las solicitudes, jejejeee
A ver, es que yo creo que en el BOE hacen como un flashback ://13 para referirse a algo anteriormente expuesto cuando por fin hablan del INEM. O sea, yo veo este orden:
1º) Exponen los requisitos necesarios donde se incluye lo de las rentas, pero sin nombrar para nada al INEM, como tú dices.
2º) Dicen que vayas al INEM a pedir el certificado que incluya lo expuesto anteriormente (o sea, lo del punto 1º, por tanto con el tema de las rentas incluido)
3º) Hacen mención especial a las rentas una vez más para añadir una declaración jurada.
Al final me vas a odiar por liarte
Yo es que creo que me acercaría otra vez al INEM para que te hagan de nuevo el certificado bien completo, para curarte en salud, sobretodo cuando es tan sencillo como que te incluyan una frase donde ponga que no cobras ninguna prestación. Todavía quedan muchos días! Pero si ni siquiera ha empezado aún el plazo para entregar las solicitudes, jejejeee
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