Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

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Arluc
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por Arluc »

Gracias por las respuestas srtadesconocida y botalapelota.

Pues nada, habrá que seguir intentándolo por otras vías. :smt023

Saludos!!
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por leyenda »

srtadesconocida escribió:La realidad es que podrás abrir una consulta de psicoterapia, aunque llames como lo llames si aplicas terapia cognitiva de Beck a una persona con sintomatología depresiva estarás haciendo labores sanitarias y eso sin la habilitación o el MPGS será ilegal
Quieres decir entonces que con el MPGS sí que se puede hacer terapia cognitiva de Beck u otro tipo de tratamiento? Tenía entendido que no puedes realizar ningún tratamiento pues habría que derivarlo al psicólogo especialista.
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srtadesconocida
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por srtadesconocida »

Vamos a ver, la terapia como tal no está regulada para cualquier licenciado o graduado, por lo cual se supone que puedes ejercer esa actividad, pero la realidad legal es que no puedes intervenir en personas con trastornos graves, pues es campo del clínico ni vas a poder hacerlo con personas sanas o subclínicas, pues sería promoción de la salud y es campo del sanitario.

La ley dice expresamente esto:
“las funciones del psicólogo sanitario incluyen la realización de investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención especializada por parte de otros profesionales sanitarios”
En este caso siendo sanitario podrías hacer terapia de Beck (es una intervención, ¿no?), pero no con personas con trastorno depresivo mayor ya que eso se considera campo para especialistas, ¿quizás con población general o con subclínicos?

La ley no va a decirte qué intervenciones son las que requieren atención especializada, pero se sobreentiende que los trastornos diagnosticables son campo de especialistas clínicos, mientras que los sanos o no con ausencia de trastorno serían para los sanitarios.

Todo muy artificial y confuso, porque en el DSM y CIE hay código para todo, casi hasta estando sano completamente :smt082 , con lo cual es todo un terreno pantanoso. Lo que sí, las terapias no están reguladas como tales, con el grado/licenciatura si haces una formación que te permite realizar la terapia X podrías realizarla, el problema legal sería ¿con quién? :roll: :roll:
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por leyenda »

Vamos que no hay nada claro :rolleyes:

Gracias por la explicación, ya veo que es todo muy ambiguo y que no tiene mucho sentido. Más que solo con la licenciatura me refería a qué se puede hacer con la habilitación o el MGS, pero más o menos lo has explicado.

Claro que yo me pregunto si alguien sano va a acudir a un psicólogo o si vas a iniciar una intervención a alguien que está lejos de cumplir los criterios de una depresión u otro tipo de trastorno...

Vamos que los que se habiliten ahora y llevan 20 años o más tratando trastornos de ansidedad, depresiones, adicciones... No pueden seguir haciéndolo? A qué te dedicas ahora en la privada? A enseñar habilidades sociales, desarrollo de la autoestima...?

Y cómo va acoger el SNS tan saturado a todas esas personas que no se pueden tratar en la privada, sin ni siquiera aumentar las plazas PIR ni las contrataciones? Es que no entiendo nada...

Lanzo las dudas que se me vienen a la cabeza, pero visto lo visto, puede que sean preguntas sin respuesta claro.. :smt017
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por srtadesconocida »

Por aclarar, a día de hoy, con o sin habilitación a la vista, nadie que no sea especialista clínico puede tratar trastornos graves, ya sea en la privada o la pública. Que existan psicólogos generalistas que estén tratando depresiones, psicosis o adicciones es algo que queda fuera de la ley desde hace bastantes años. Otra cosa es que la gente se lo pase por el forro.

Mis pacientes/clientes no presentan ningún trastorno DSM, presentan síntomas, o si los presentan, como en el caso de TDAH o trastornos de aprendizaje o conducta, el abordaje es sobre todo psicopedagógico.

En definitiva, para mí hay trastornos que considero inabarcables, y por tanto los derivo. En ese sentido no me hacía falta una ley para no tratar un TOC o una anorexia. Pero también sé bien que hay quien no tiene estos escrúpulos que tengo yo. Una pena que no se puedan acreditar ni la honradez ni la ética profesional...

Y edito.. no tienen que ser todos absorbidos por el SNS, que hay clínicos en la privada!! :smt040
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por psicologuilla »

he estado leyendo y no he visto la respuesta a esta pregunta, si me repito lo siento.

a parte del registro en sanidad, alta de autónomos y demás. ¿hay que pedir licencia de apertura en el ayuntamiento? todos los compañeros que conozco me dicen que no la tienen porque no se necesita como en el caso de abogados, y otros profesionales que tienen despachos pero el arquitecto me ha dicho que el ayuntamiento también tiene que dar por bueno el centro y que tienen en cuenta los requisitos sanitarios esto es asi?? porque claro, si es así además de pasarlo sanidad, los señores del ayuntamiento tendrían que darle también el visto bueno a todos los requisitos con lo cual sería doble inspección, el doble de tiempo para tener todos los papeles...
aclararmelo por fa!
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por srtadesconocida »

Tienes que solicitar la licencia de apertura a tu ayuntamiento. Es obligatoria, y normalmente piden un plano (a veces vale hecho por uno mismo) además de otros requisitos como tener pagado el IBI, el informe de seguiridad y solidez, etc....

Otra cosa es si las oficinas de Sanidad están pidiendo o no ese requisito en las solicitudes de centros sanitarios :roll: :roll:
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por mpsicologa »

Hola
Creo que tengo la posibilidad de que me contraten en una consulta médica como psicóloga, por lo tanto, sería un centro sanitario registrado.
Mis dudas son las siguientes<:
-Una vez entregado todo el papeleo, que creo que es inscripción en el cop, contrato de parte de la consulta...mmm..no sé qué mas en sanidad, supongo que te inscriben como psicólogo general sanitario no? Esto vale ya para toda la vida?
-Una vez hecho un contrato, durante cuánto tiempo tendría que estar contratada como mínimo para que me habiliten como pgs? Tendría que declarar de alguna manera que tengo ingresos?
-Para comprobar si estás trabajando allí pasa un inspector?se supone que tiene que verte allí trabajando? en qué consiste la revisión del inspector? Alguién lo ha comprobado?
-Si me doy de baja porque dejo de trabajar en esta consulta, también puedo darme de baja en el cop pero aún así tengo posibilidad de volver a trabajar como pgs en otra ocasión no?
Estoy muy agradecida si alguien me resuelve mis dudas!! :)
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por mpsicologa »

Alguien me puede ayudar un poquito porfi? eske ya va quedadon poco para el 4 de Octubre...
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por srtadesconocida »

mpsicóloga a la tarde-noche te contesto más tranquilamente, mientras tanto échale un ojo a los diferentes hilos sobre el tema que hay en este subforo de emprendedores, porque hay mucha info que responde a tus dudas... :smt023
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lecapi
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por lecapi »

Buenas a todos.

No se si ya ha salido este vídeo del COP, en el que en mi opinión se aclaran muchas de las preguntas que nos estamos haciendo.
http://www.copmadrid.org/webcopm/resource.do

No se hasta que punto podemos fiarnos de la información 100%, aunque según comentan se han puesto en contacto con Sanidad para aclarar cosas que quedaban ambiguas.

Resumen que yo entiendo, corregidme si en algo me equivoco (espero que te aclare tambien parte de tus dudas mpsicologa):

-Lo primero hay que Colegiarse.
-Hay que obtener la vinculación con el área Clínica, por 1) o bien por 2) (entiendo que NO AMBAS a la vez)
1) Itinerario clínico en la universidad (certificado de la universidad)
2) 400h de formación posgrado en el área (certificado en el COP)
-Hay que inscribirse en un Centro Sanitario. Bien como dueño o como empleado. (mpsicologa, no te inscriben como PGS, ya que eso sólo se va a obtener con el master).
-No importa la relación laboral (contrato) que se tenga con el centro, sólo importa la inscripción en sanidad
-Vale con haber estado al menos 1 sólo dia inscrito desde 2011 que salió la ley hasta octubre 2014 que termina el periodo.
- Una vez estemos inscritos, el COP va a ponerse de acuerdo para sacar un modelo de documento en el que se incluyan los datos personales, fecha de alta..etc que deberá firmar el propietario del centro. Este papel nos lo guardamos, no necesitamos ir a sanidad ni ningún otro papel. Esto nos servirá si nos quieren contratar o si queremos cambiar de centro (por lo que la próxima vez que nos inscribieramos deberíamos presentar en Sanidad ese papel)

Repito que no se si este video ha aparecido ya por el foro, estoy un poco desconectada. Disculpad si está repe o no he entendido bien algo.
Natalia Pedrajas
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por Natalia Pedrajas »

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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por JiN »

lecapi escribió: -Vale con haber estado al menos 1 sólo dia inscrito desde 2011 que salió la ley hasta octubre 2014 que termina el periodo.
- Una vez estemos inscritos, el COP va a ponerse de acuerdo para sacar un modelo de documento en el que se incluyan los datos personales, fecha de alta..etc que deberá firmar el propietario del centro. Este papel nos lo guardamos, no necesitamos ir a sanidad ni ningún otro papel. Esto nos servirá si nos quieren contratar o si queremos cambiar de centro (por lo que la próxima vez que nos inscribieramos deberíamos presentar en Sanidad ese papel)
No lo entiendo, al menos un día pero y si es por horas? 24h?.

Lo del modelo de documento, ese documento lo tendrá el centro en el que hayamos desarrado la actividad?. Nos lo tendrán que dar antes de Octubre los propios centros?.

Qué lío ... pensaba que una vez tu centro te inscribe a ti tú te desentiendes.
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por srtadesconocida »

A propósito de lo que dice Lecapi, solo recordaros que lo que diga el COP tiene tanta validez como queramos darle, es decir, no es el ministerio y en ninguna parte de la ley dice que bastará con haber estado dado de alta en sanidad alguna vez, de hecho solo habla de quien esté dado de alta a fecha de octubre, no habla de dar habilitaciones al que haya estado inscrito alguna vez..

Todos los demás puntos cuadran más o menos con la ley, aunque eso del modelo del COP... habrá que verlo y para que nos vale en realidad... en fin, fiémonos los justo, y ante contradicción o duda haced caso a lo que diga la ley! :smt040
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JiN
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Re: Dudas sobre licencias, registros sanitarios y demás

Mensaje por JiN »

Un centro U69 (Psiquiatría) y U900 (Otras unidades asistenciales) sería válido?. Lo digo porque tengo la posibilidad de inscribirme en uno así y dudo.

Tengo otro centro que no encuentro en el registro del Ministerio pero que el otro día en recepción me enseñaron la placa de la comunidad autónoma como centro sanitario (es un lugar donde alquilar despachos).
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