Perdón por el rollo que voy a soltar, pero es que la situación legal tiene muchos detalles y me quedo inquieta si no lo explico bien del todo...
Ahora mismo para poder ejercer en labores sanitarias (lo que toda la vida se ha llamado "clínicas", aunque ha quedado vetado el adjetivo debido a la existencia de la especialidad formal en eso), la situación legal es la siguiente: puedes ejercer sin problemas si...
1) Eres especialista vía PIR o vía homologación.
2) Cumples con los requisitos PROVISIONALES que se establecieron en la última ley de salud.
Estos requisitos son los mismos que ya se establecieron por una orden ministerial hace unos años. Cuando salió la LOPS y sólo reconocía como sanitarios a los especialistas, hubo recursos y contra-recursos hasta que el gobierno aceptó dar la consideración de sanitarios (a través de la ORDEN SCO/1741/2006, de 29 de mayo;
http://www.boe.es/boe/dias/2006/06/06/p ... -21241.pdf ) a los que cumplieran lo siguiente:
Disposición adicional única. Consultas de psicología. 1. A las solicitudes de autorización de consultas de psicología les será de aplicación lo previsto en el apartado U.900 del anexo II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, cuando el solicitante, aún no ostentando el título de especialista en psicología clínica, acredite, bien haber cursado los estudios de la licenciatura de Psicología siguiendo un itinerario curricular cualificado por su vinculación con el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos o con la psicología clínica y de la Salud, o bien acredite una formación complementaria de posgrado relativa a dichas áreas, no inferior a 400 horas, de las que al menos 100 deberán ser prácticas tuteladas por psicólogos especialistas en psicología clínica, en centros, instituciones o servicios universitarios de psicología donde se realicen actividades de atención a la salud mental, o en consultas o gabinetes de psicología clínica, debidamente autorizados, conforme a las previsiones del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre.
Con la nueva Ley de Salud del año pasado se volvieron a recoger estos requisitos pero poniéndoles fecha de caducidad: cuando se inicie el nuevo máster PGS. A partir de ahí, que se supone que iba a estar en un plazo de 3 años (para el 2014), esta orden ya no tendrá validez y habrá que tener el máster PGS.
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Conclusión: a día de hoy, con esta orden en mano, si vas a sanidad y demuestras cumplir los requisitos (que se demuestra a través de un certificado que te expide el COP) tendrás autorización para registrar tu actividad como sanitaria.
Pero esa autorización no la adquieres tú, sino tu consulta. Si la cerraras y un tiempo después quisieras abrir otra nueva, ya no se te consideraría sanitario si ya existe el máster PGS aunque antes sí hubieses estado autorizado.
Es decir, que si estás pensando en hacer el máster de la AEPCC, calcula cuándo lo acabarás.
Ahora mismo tener acabado ese máster te permitiría registrar una consulta como sanitaria, pero no en el futuro. Si lo terminas dentro de 2 años y para entonces ya existe el máster PGS, olvídate. Tendrás que matricularte y pagar el máster oficial para montarte una consulta privada.
Y esto lo digo porque también a mí ISEP me inunda a correos con propaganda de su máster y creo que hacen publicidad medio-engañosa. No mienten al decir que el máster te da los requisitos, pero se olvidan de señalar que sólo te los va a dar temporalmente.
¿"Temporalmente" significa... hasta cuándo? No se puede decir. Los pasos previstos para la implantación del máster oficial llevan meses de retraso. Si bien estaba previsto para el 2014 aún pueden ocurrir muchas cosas: que se retrase un año más, que haya quejas y sí permitan adquirir la condición de sanitario a quien en algún momento anterior se le hubisea aceptado, que se pueda convalidar el máster sin pagarlo (esto lo dudo muchísimo...), etc etc.
Por desgracia estamos en una situación de mucha incertidumbre. Ahora mismo cualquier decisión que se tome entraña un riesgo porque no sabes con qué te encontrarás luego. Lo que decidas ten en cuenta que será una apuesta.