canceriana escribió: ↑Dom Sep 03, 2023 11:19 am Sí, yo me he apuntado ya! hay un tutorial en la página del ministerio también..por si sirve...
Lo que vi más "complicado" es que a la hora de adjuntar los pdf tienes que ponerles un nombre y no me admitía tildes ni espacios.
CONVOCATORIA FSE 2023
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Cito un mensaje de una compañera en el fichaje de hoy por si os sirve a la hora de adjuntar Pdfs
"Malditas sean las guerras y los canallas que las hacen" (Julio Anguita)
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atomo
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Montse2, no te lies, sólo tienes que poner el número de cuenta en la que el Ministerio va a efectuar el cobro de la tasa de examen. Tienes que rellenar el formulario con tu número de cuenta solamente. Un saludo y ánimo.
Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Me gustaría saber si alguien sabe si se puede enviar el certificado antiguo sin firma electrónica
- JoseM
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
No tengo ni idea, porque mi CAP está debidamente firmado, pero si hubiera habido algún cambio se tendría que reflejar en el propio BOE, tipo "solo serán válidos aquellos certificados académicos personales que incluyan la firma electrónica de la entidad que expide dicho certificado", ¿no?
Sería aconsejable revisarlo y/o contactar con el propio Ministerio para resolver la duda.
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Muchas Gracias JoseM
Pireña, como sugiere JoseM, en caso de duda contactar con el Ministerio.
b) Acreditación de méritos académicos:
La presentación de la certificación académica personal en la que figuren los méritos académicos de la persona aspirante, a pesar de no ser obligatoria, es recomendable. La documentación acreditativa de los méritos académicos se aportará en el momento de registro de la solicitud.
La certificación académica personal habrá de incluir, al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global en base 10 del expediente académico, según lo
establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Estas certificaciones deberán estar firmadas electrónicamente por la persona competente de la Universidad que corresponda.
Para la certificación académica de estudios cursados en el extranjero, deberá presentarse la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico universitario emitida por el Ministerio de Universidades, de conformidad con la
Resolución de 21 de marzo de 2016 de la Dirección General de Política Universitaria por las que se actualizan la relación de las escalas de calificación de los estudios o títulos universitarios extranjeros y las equivalencias al sistema de calificación de las universidades españolas y en la Resolución de 21 de julio de 2016, que la complementa.
Esta declaración de equivalencia se puede solicitar a través de la página web del Ministerio de Universidades.
A las personas aspirantes que no presenten la certificación académica personal durante el periodo de solicitudes conforme a lo establecido en la presente orden de convocatoria, se les aplicará una puntuación media de 5,00 en el expediente individual.
Pireña, como sugiere JoseM, en caso de duda contactar con el Ministerio.
b) Acreditación de méritos académicos:
La presentación de la certificación académica personal en la que figuren los méritos académicos de la persona aspirante, a pesar de no ser obligatoria, es recomendable. La documentación acreditativa de los méritos académicos se aportará en el momento de registro de la solicitud.
La certificación académica personal habrá de incluir, al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global en base 10 del expediente académico, según lo
establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Estas certificaciones deberán estar firmadas electrónicamente por la persona competente de la Universidad que corresponda.
Para la certificación académica de estudios cursados en el extranjero, deberá presentarse la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico universitario emitida por el Ministerio de Universidades, de conformidad con la
Resolución de 21 de marzo de 2016 de la Dirección General de Política Universitaria por las que se actualizan la relación de las escalas de calificación de los estudios o títulos universitarios extranjeros y las equivalencias al sistema de calificación de las universidades españolas y en la Resolución de 21 de julio de 2016, que la complementa.
Esta declaración de equivalencia se puede solicitar a través de la página web del Ministerio de Universidades.
A las personas aspirantes que no presenten la certificación académica personal durante el periodo de solicitudes conforme a lo establecido en la presente orden de convocatoria, se les aplicará una puntuación media de 5,00 en el expediente individual.
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Gracias atomo!
Montse2, espero que ya lo hayas solucionado.
Si lees al final del Modelo 790 en el apartado INGRESO, indica explícitamente: Código cuenta cliente (CCC). Se refiere a tu cuenta personal para que el banco lo ingrese al TESORO PÚBLICO cuenta restringida de la A.E.A.T para la recaudación de TASAS.
Tú no tienes por qué saber la cuenta del Tesoro Público, es cosa del banco. Por eso te decía que miraras tu inscripción del año pasado.
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lugato
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Buenas tardes, es la primera vez que me presento, tenía entendido que con el resguardo de haber pagado el título era suficiente. Pedí la Certificación Supletoria Provisional pero la universidad aún no la ha emitido porque agosto era periodo vacacional y se supone que tarda como máximo 40 días... por lo que he leído es obligatoria y no sirve cualquier otro documento no? :(
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Pireña
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Hola. Si terminaste la carrera en plazo, puedes entregar el documento requerido en el plazo de subsanación de errores. De todos modos, yo entregaría el resguardo del pago ahora por si acaso. Por otra parte, no sé si sabes algo de la "Carpeta Ciudadana" de la web del Ministerio de Administraciones Públicas. Se accede a ella con certificado digital o similar. Ahí, entre otras muchas cosas, puedes descargarte una certificación acreditativa de tu titulación oficial universitaria que cuenta con código CSV y QR y que, en principio, tiene validez para justificar tu título universitario. Lo que no sé es cuánto tiempo se tarda en poder acceder a ella tras el pago de los derechos.lugato escribió: ↑Mar Sep 05, 2023 1:09 pm Buenas tardes, es la primera vez que me presento, tenía entendido que con el resguardo de haber pagado el título era suficiente. Pedí la Certificación Supletoria Provisional pero la universidad aún no la ha emitido porque agosto era periodo vacacional y se supone que tarda como máximo 40 días... por lo que he leído es obligatoria y no sirve cualquier otro documento no? :(
Enlace a la carpeta: https://carpetaciudadana.gob.es/carpeta/clave.htm
Un saludo.
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lugato
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Hola, muchas gracias, no sabía que se podían aportar documentos en un plazo de subsanación de errores, con esa opción tengo mucho margen más para que me emitan la certificación, ya que en la página que me proporcionaste aún no está mi título. Muchísimas gracias de verdad!!!!!! 
- Mara93
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Solicitud electrónica
Buenos días chic@s. Quiero preguntar una duda acerca del registro de la solicitud para hacer el exámen. Hace dos años que no me presento y me vuelvo a presentar ahora. Cuando yo lo hice además de la solicitud electrónica había que presentar el modelo 790 de forma presencial en las oficinas del estado de cada provincia. Pero parece ser que ya no es necesario hacerlo presencial ¿no?, osea que con el registro electrónico, quienes tengamos el certificado digital o clave permanente sería suficiente. He llamado a la oficina de mi provincia y así me lo han dicho pero me queda la duda y quiero confirmarlo.
Un cordial saludo
y mucha suerte.
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Re: Solicitud electrónica
Hola.
No, todo se hace de manera digital.... Importante que te quedes con los resguardos y eso, pero vamos juraría que no hay que hacer nada una vez hecho el registro vía telematica, te mandan un email de confirmación además, así q tú tranquila .
No, todo se hace de manera digital.... Importante que te quedes con los resguardos y eso, pero vamos juraría que no hay que hacer nada una vez hecho el registro vía telematica, te mandan un email de confirmación además, así q tú tranquila .
"Confiar en ti mismx no garantiza el éxito, pero no hacerlo garantiza el fracaso "(Bandura) 
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Gracias Pireña!
Tercero. Relaciones provisionales y definitivas de admitidos y no admitidos.
1. Relaciones provisionales de admitidos y no admitidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional aprobará y publicará en la página web del Ministerio de Sanidad las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, en las que constará nombre, apellidos, número de expediente, número del documento de identificación, situación administrativa, baremo académico, turno de personas con discapacidad, localidad donde realizará el ejercicio, estado (admitido o no admitido) y causa de no admisión. Las relaciones provisionales de admitidos y no admitidos se publicarán en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La resolución que aprueba estas relaciones provisionales establecerá un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, para presentar reclamación con el fin de subsanar aquellos defectos de la resolución provisional de admitidos y no admitidos, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. La no subsanación de los requisitos exigidos determinará la exclusión de la persona aspirante de la prueba selectiva.
Las reclamaciones que se presenten serán resueltas en el plazo máximo de dos meses, por la persona titular de la Dirección General, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, a las que se dará publicidad en los mismos términos que las relaciones provisionales.
lugato lo tienes en el primer mensaje de este mismo hilo, copio el párrafo. También lo puedes ver en el extracto del BOE que hemos subido en el primer mensaje.
Tercero. Relaciones provisionales y definitivas de admitidos y no admitidos.
1. Relaciones provisionales de admitidos y no admitidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional aprobará y publicará en la página web del Ministerio de Sanidad las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, en las que constará nombre, apellidos, número de expediente, número del documento de identificación, situación administrativa, baremo académico, turno de personas con discapacidad, localidad donde realizará el ejercicio, estado (admitido o no admitido) y causa de no admisión. Las relaciones provisionales de admitidos y no admitidos se publicarán en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La resolución que aprueba estas relaciones provisionales establecerá un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, para presentar reclamación con el fin de subsanar aquellos defectos de la resolución provisional de admitidos y no admitidos, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. La no subsanación de los requisitos exigidos determinará la exclusión de la persona aspirante de la prueba selectiva.
Las reclamaciones que se presenten serán resueltas en el plazo máximo de dos meses, por la persona titular de la Dirección General, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, a las que se dará publicidad en los mismos términos que las relaciones provisionales.
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Re: Solicitud electrónica
Gracias Lereme!
Muevo los mensajes al hilo fijo que hemos abierto, para que se queden todas las dudas recogidas en el mismo espacio y estén accesibles para todos.
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Re: CONVOCATORIA FSE 2023
Copio un mensaje que me ha enviado una compañera en Instagram, por si acaso le sirve a alguien.
"Quería informarte de que durante el proceso de inscripción a la prueba PIR ha salido un error a la hora de hacer el registro con Cl@ve firma. Por lo visto, si tienes cl@ve permanente de hace más de 5 años te piden que "reactives" la cl@ve en la oficina de registro o mediante DNIe porque han actualizado el sistema de cl@ve firma y sino sale error"
"Quería informarte de que durante el proceso de inscripción a la prueba PIR ha salido un error a la hora de hacer el registro con Cl@ve firma. Por lo visto, si tienes cl@ve permanente de hace más de 5 años te piden que "reactives" la cl@ve en la oficina de registro o mediante DNIe porque han actualizado el sistema de cl@ve firma y sino sale error"
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